El Pizarrin
Por: Eduardo Lara Peniche

20 de Agosto del 2010

Tarea pendiente

En el marco de los festejos por el 160 aniversario de la fundación de Isla Mujeres, la Presidenta Municipal, Alicia Ricalde Magaña expresó una realidad muy cierta con respecto de la relación histórica entre ese municipio y el de Benito Juárez y su cabecera, Cancún, al decir que Isla Mujeres es la madre de la ciudad de Cancún, cosa que seguramente no será del agrado de un pequeño grupo de personas, quienes por azares del destino llegaron a la entonces Isla Cancún para iniciar los trabajos de construcción del desarrollo turístico el día 20 de abril de 1970, fecha que estos protagónicos personajes insisten en marcar como fundación de la hoy ciudad, sin sustento legal alguno, puesto que los mismos NO tenían ni tienen personalidad jurídica para realizar el acto jurídico denominado fundación de la ciudad.
Para que un asentamiento humano pueda erigirse como ciudad, es menester que la autoridad competente, en este caso el poder ejecutivo, formalice un Decreto, el cual es un acto jurídico donde se manifiesta la voluntad de la autoridad pública que lo dicta, produciendo efectos ya sea en la administración pública o a los particulares, ordenando, prohibiendo o permitiendo algo o bien creando, modificando o extinguiendo algo. “El decreto es una especie de ley de segunda categoría, emanada del Poder Ejecutivo, y el medio más directo de que este dispone para tomar medidas administrativas, tomando en consideración que como jefe de la administración pública, debe contar con un instrumento jurídico efectivo, que le permita traducir al público, la voluntad administrativa”.
Para la fundación de Cancún se siguió el esquema legal federal pues en ese entonces (1970) Quintana Roo era Territorio Federal, pero en la actualidad ya siendo Estado cuenta con los dispuesto en la Constitución del Estado de Quintana Roo y otras que sirven para este fin, como la Ley de Asentamiento Humanos de Quintana Roo que entre otras cosas sentencia: “Articulo 43.- La acción de fundar un centro de población consiste en crear o establecer un asentamiento humano en áreas o predios susceptibles de aprovechamiento urbano, a fin de impulsar el desarrollo integral del estado”.
Por otra parte, el Artículo 45 de la misma Ley dice: La fundación de los centros de población será decretada por el Congreso del Estado, en los casos que así lo determinen las leyes aplicables, a iniciativa del Gobernador o del Ayuntamiento respectivo, previa opinión de la Comisión Consultiva de Desarrollo Urbano y Vivienda del Estado y del Comité Municipal de Desarrollo Urbano y Vivienda, cuando esté prevista en el Programa Estatal de Desarrollo Urbano o el Programa Municipal en la materia. El decreto a que se refiere el párrafo anterior determinará las provisiones de tierra y ordenará la formulación del Programa de Desarrollo Urbano del nuevo centro de población”.
Situación legal que demuestra que una Ciudad no se funda por el simple hecho de que un grupo de trabajadores llegue al lugar para iniciar los trabajos de construcción, además, existen diversos antecedentes que culminaron en la fundación de Cancún , pero es cierto que sólo cuando fue “comprobado el interés público de la creación de un centro turístico en la zona” a que se refiere el Decreto Presidencial del 10 de agosto de 1971 y “satisfechos los requisitos de los artículos 204 de la Ley Federal de Reforma Agraria, 36 y demás relativos de la Ley de Terrenos Baldíos, Nacionales y Demasías”, en el que “Se declara de interés público la planeación y desarrollo turístico, habitacional, recreativo y de actividades conexas en terrenos de la Isla Cancún y los aledaños de la costa del Territorio de Quintana Roo; de la Delegación de Gobierno de Isla Mujeres”.
Por falta de espacio, mañana continuaremos con el tema ya que es necesario aclarar el origen de la confusión y de una vez por todas, determinar lo conducente para corregir este error legal que es parte del desorden que se vive en Cancún desde hace muchos años.
ES CUANTO
Críticas, comentarios y mentadas, se reciben en larapeniche@hotmail.com


Hurancán

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