El Pizarrin
Por: Eduardo Lara Peniche

26 de Agosto del 2010

Obligatoriedad y Gratuidad

La Real Academia Española, define como Garantía Constitucional los derechos que la Constitución de un Estado reconoce a todos los ciudadanos; el caso particular de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, incluye 29 artículos que determinan los derechos inalienables de los ciudadanos mexicanos y que en la práctica muchos de ellos no se cumplen conforme el espíritu de los constituyentes de 1917.
El artículo 1° es muy claro en cuanto a la aplicación de estos preceptos al expresar que “En los Estados Unidos Mexicanos todo individuo gozará de las garantías que otorga esta Constitución, las cuales no podrán restringirse ni suspenderse, sino en los casos y con las condiciones que ella misma establece.” Lo cual deja muy en claro que las disposiciones legales contenidas en nuestra Carta Magna serán aplicables en forma obligatoria para el Estado y en ningún momento por gusto o capricho de los gobernantes en turno.
En el mismo artículo se especifica que “Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.” Disposición legal que no se cumple en nuestra nación sin mayores consecuencias para quienes la infringen.
Caso particular de la discriminación de que somos objeto los ciudadanos es el referente al acceso escolar, el cual desde hace muchos años ha estado supeditado al pago de las ilegales “Cuotas Voluntarias”, permitidas y fomentadas por las mismas autoridades, quienes en su afán de engañar al pueblo, ante los medios informativos insisten en declarar que dichas Cuotas NO SON OBLIGATORIAS, pero que en los hechos promueven desde las Sociedades de Padres de Familia, las cuales, dentro de poco tiempo serán sustituidas por los Consejos de Participación Social de las Escuelas, con la intención de dar mayor fuerza legal a las acciones inconstitucionales de cobrar Cuotas a los padres de familia.
Con el argumento de que la sociedad debe de participar en forma activa en la educación de los niños y jóvenes, la figura de los Consejos de Participación Social de las Escuelas, tiene como una de sus actividades, recaudar fondos para el mejoramiento de las instalaciones escolares, concepto violatorio a las disposiciones del artículo 3° Constitucional, en su fracción IV, el cual es parte de las Garantías Individuales.
La violación cotidiana a esta disposición legal es justificada por los directivos de las escuelas, quienes expresan, con justa razón, la imperiosa necesidad de obtener recursos económicos para el mantenimiento de los planteles escolares puesto que la Secretaría de Educación no les aporta un solo centavo para estos menesteres, sin embargo, los directivos olvidan que una de sus funciones escolares es la de gestionar los recursos necesarios para la operación eficiente de las escuelas y debido a su falta de capacidad de negociación y/o desconocimiento del Marco Legal que nos rige, para ellos es mucho más fácil y práctico esquilmar a los padres de familia al cobrarles Cuotas que realizar los trámites necesarios y permanentes antes las autoridades correspondientes y de esa manera conservar la chamba, solapando la violación flagrante de nuestras leyes sin mayor consecuencia legal.
Cierto es que las cuotas escolares permiten realizar muchas actividades necesarias en las escuelas, sin embargo, también es muy cierto que en la mayor parte de las escuelas, esas cuotas son gastadas con total discrecionalidad, sin transparencia y mediante el contubernio de los directivos escolares y la mesa directiva de la Sociedad de Padres de Familia, reportando gastos millonarios en obras y acciones en las que se gastan unos cuantos pesos, motivo por el cual ya va siendo hora de que los directores de las escuelas cambien su actitud saqueadora y se conviertan en lo que deben ser, Gestores de los recursos necesarios para el funcionamiento de las escuelas, convocando a los padres de familia para obligar a las autoridades educativas a cumplir con la obligación constitucional de ofrecer una educación laica y gratuita, puesto que de nuestros impuestos se paga este servicio que es una de las Garantías Individuales de todo ciudadano mexicano.
ES CUANTO
Críticas, comentarios y mentadas, se reciben en larapeniche@hotmail.com


Hurancán

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